3 Feb
Trabajador
¿ES VERDAD QUE PUEDO TRABAJAR A LOS 15 DÍAS DE PRESENTAR LA SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN?
Tabla de contenidos

    Análisis jurídico sobre el silencio administrativo y la posibilidad de trabajar durante el proceso de regularización extraordinaria.

    El silencio administrativo en el Derecho de extranjería

    El silencio administrativo constituye una técnica jurídica que permite atribuir efectos a la falta de resolución expresa de la Administración dentro del plazo legalmente previsto. Con carácter general, el silencio administrativo positivo produce un acto presunto estimatorio que despliega efectos jurídicos desde el vencimiento del plazo máximo para resolver y notificar, pudiendo hacerse valer frente a la propia Administración y frente a terceros. Este régimen general deriva de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y ha sido reiteradamente interpretado por la jurisprudencia como un verdadero acto administrativo presunto.

    Régimen general del silencio en el Reglamento de Extranjería

    En materia de extranjería, el régimen del silencio administrativo presenta importantes especialidades. El Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024 establece, con carácter general, el silencio administrativo negativo en las solicitudes de autorizaciones de residencia y trabajo. Esto significa que, salvo previsión expresa en contrario contenida en una norma con rango de ley, del Derecho de la Unión Europea o de tratados internacionales, la falta de resolución dentro del plazo legal comporta la desestimación presunta de la solicitud. Por tanto, el silencio positivo no opera como regla general en extranjería.

    Para asegurar la validez de este proceso, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado de extranjería en Barcelona especializado.

    Diferencia entre admisión a trámite y habilitación para trabajar

    Uno de los errores más frecuentes en la práctica es confundir la admisión a trámite de una solicitud con la concesión de una autorización habilitante para trabajar. La admisión a trámite es un acto meramente procedimental que permite la continuación del expediente, pero no equivale a una autorización de residencia ni de trabajo. El hecho de que hayan transcurrido 15 días desde la presentación de la solicitud no genera, por sí solo, una habilitación automática para trabajar si el régimen aplicable es de silencio negativo, como ocurre con carácter general en el Reglamento de Extranjería.

    Autorizaciones provisionales de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales

    El Reglamento de Extranjería sí contempla, en supuestos muy concretos, la concesión de autorizaciones provisionales de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales. Así ocurre, por ejemplo, en los supuestos de víctimas de violencia de género o de violencia sexual, en los que se concede de oficio una autorización provisional que habilita para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia, en cualquier sector y sin limitación geográfica, desde el momento de su concesión. Estas autorizaciones provisionales tienen eficacia jurídica plena y obligan a solicitar la TIE en el plazo de un mes. Fuera de estos supuestos tasados, el Reglamento no reconoce una habilitación provisional automática para trabajar tras la mera admisión a trámite de una solicitud por circunstancias excepcionales.

    Alta en Seguridad Social sin TIE definitiva

    La posibilidad de alta en la Seguridad Social sin disponer todavía de TIE definitiva depende estrictamente del tipo de autorización concedida. En determinadas categorías reguladas por la Ley 14/2013, el pasaporte puede ser documento suficiente para el alta durante los primeros seis meses, aun sin NIE asignado. Sin embargo, fuera de estos supuestos específicos, no existe una regla general que permita el alta en Seguridad Social sin una autorización de residencia y trabajo vigente. La Tesorería General de la Seguridad Social debe verificar que el alta se ajusta al ámbito y actividad autorizados, pudiendo anular altas que no se correspondan con una autorización válida.

    Incidencia de la nueva regularización extraordinaria

    El nuevo proceso de regularización extraordinaria anunciado se articula como una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. A la espera de su redacción definitiva, la información disponible apunta a la previsión de una habilitación provisional para trabajar tras la admisión a trámite transcurrido un determinado plazo. No obstante, desde un punto de vista jurídico, esta habilitación solo producirá efectos si se recoge de forma expresa en la norma que regule el procedimiento, ya que el régimen general del Reglamento de Extranjería establece silencio negativo. Hasta que exista una previsión normativa clara, no puede afirmarse que la mera presentación de la solicitud permita trabajar automáticamente a los 15 días.

    Consulta otro de nuestros artículos para saber más sobre la regularización extraordinaria de 2026

    Preguntas frecuentes sobre extranjería

    ¿Puedo trabajar automáticamente a los 15 días de presentar la solicitud de regularización?
    NO. El Real Decreto 1155/2024 establece con carácter general el silencio administrativo negativo en extranjería, por lo que la mera presentación de la solicitud y el transcurso de 15 días no habilitan para trabajar salvo previsión legal expresa.

    ¿El silencio administrativo positivo me permitiría trabajar?
    SÍ, PERO SOLO SI ESTÁ PREVISTO POR LEY. Conforme a la Ley 39/2015, el silencio positivo produce un acto presunto estimatorio, pero en extranjería solo opera cuando una norma con rango de ley o del Derecho de la Unión Europea lo establece expresamente.

    ¿La admisión a trámite equivale a una autorización de trabajo?
    NO. La admisión a trámite es un acto procedimental que no genera por sí mismo derecho a trabajar, según el régimen general del Reglamento de Extranjería.

    ¿Existen autorizaciones provisionales que permitan trabajar antes de la resolución final?
    SÍ, EN SUPUESTOS TASADOS. El Real Decreto 1155/2024 prevé autorizaciones provisionales de residencia y trabajo para víctimas de violencia de género y violencia sexual, con habilitación plena para trabajar desde su concesión.

    ¿Puedo darme de alta en la Seguridad Social sin TIE definitiva?
    SOLO EN SUPUESTOS CONCRETOS. La normativa y la doctrina administrativa lo permiten en determinadas categorías reguladas por la Ley 14/2013, pero no existe una regla general aplicable a todas las autorizaciones por circunstancias excepcionales.

    ¿La nueva regularización extraordinaria permitirá trabajar a los 15 días?
    DEPENDERÁ DE LA NORMA FINAL. Solo si el decreto que regule la regularización extraordinaria establece expresamente una habilitación provisional para trabajar podrá afirmarse jurídicamente esa posibilidad.

    Firmado
    Jordi Català Soriano
    Abogado - Socio
    ICAB n° 22.600

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