Conoce los mecanismos de defensa, plazos y argumentos que puede utilizar un heredero para reclamar su parte de la herencia.
La impugnación de la desheredación como fuente principal de litigios sucesorios
La impugnación de la desheredación constituye uno de los focos más habituales de conflicto en el ámbito del Derecho sucesorio catalán. La elevada carga emocional que rodea estos procesos, unida al carácter sancionador de la desheredación y a la estricta interpretación judicial de sus requisitos, provoca que muchas desheredaciones acaben siendo objeto de procedimiento judicial. En la práctica, una parte significativa de las desheredaciones fracasa por defectos probatorios o formales, lo que explica la importancia de una adecuada planificación sucesoria previa. Artículos 451-20 y 451-21 del Código Civil de Cataluña; STS de 24 de mayo de 2022 (EDJ 588523).
Quién puede impugnar una desheredación en Cataluña
Está legitimado para impugnar la desheredación el legitimario afectado que haya sido privado de su derecho a la legítima, así como, en determinados supuestos, sus descendientes cuando actúen por derecho de representación. La impugnación se dirige contra los herederos instituidos y tiene por objeto obtener el reconocimiento del derecho a la legítima cuando la desheredación sea injusta o no se haya probado la causa alegada por el testador. Artículos 451-3, 451-4 y 451-21 del Código Civil de Cataluña; AP Barcelona, sentencia de 18 de febrero de 2020 (EDJ 513993).
Para asegurar la validez de este proceso, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado de herencias en Barcelona especializado en derecho sucesorio catalán[cite: 441, 572].
Plazo para impugnar la desheredación
La acción de impugnación de la desheredación está sujeta a un plazo de caducidad de cuatro años, que comienza a computarse desde la muerte del causante. Se trata de un plazo preclusivo, no susceptible de interrupción, lo que obliga al legitimario desheredado a actuar con rapidez si pretende cuestionar la validez de la cláusula desheredatoria. Transcurrido dicho plazo, la desheredación deviene inatacable, aunque existieran defectos materiales o probatorios. Artículo 451-20.3 del Código Civil de Cataluña; STS de 19 de febrero de 2019 (EDJ 512289).
Carga de la prueba en los procedimientos de impugnación
Uno de los aspectos clave en la impugnación de la desheredación es la distribución de la carga de la prueba. Cuando el legitimario desheredado niega la existencia de la causa alegada en el testamento, corresponde a los herederos probar que dicha causa existía y concurría en el momento del otorgamiento del testamento. Esta regla refuerza el carácter excepcional de la desheredación y explica por qué muchas cláusulas desheredatorias fracasan en sede judicial. Artículo 451-20.1 del Código Civil de Cataluña; STS de 19 de febrero de 2019 (EDJ 512289).
Prueba de la ausencia de relación familiar y del maltrato psicológico
La prueba de la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar exige acreditar no solo la inexistencia de contacto, sino también que dicha situación era conocida, prolongada en el tiempo y exclusivamente imputable al legitimario. Los tribunales valoran especialmente la prueba testifical, la documentación médica, los informes sociales y las comunicaciones previas entre las partes. En el caso del maltrato psicológico, se exige que el comportamiento del hijo haya generado un daño relevante al causante, descartándose las desheredaciones basadas en simples conflictos o distanciamientos recíprocos. Artículo 451-17.c y e del Código Civil de Cataluña; AP Barcelona, sentencia de 18 de febrero de 2020 (EDJ 513993); STS de 27 de junio de 2018 (EDJ 511589).
La reconciliación y el perdón como causa de ineficacia de la desheredación
La reconciliación o el perdón del causante respecto del legitimario desheredado dejan sin efecto la desheredación, incluso aunque esta conste formalmente en el testamento. En estos supuestos, corresponde al legitimario probar la existencia de la reconciliación o del perdón, pudiendo acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. La jurisprudencia exige que la reconciliación sea real y efectiva, no bastando meros contactos esporádicos. Artículo 451-21.1.c del Código Civil de Cataluña; STS de 24 de mayo de 2022 (EDJ 588523).
Efectos de la estimación de la impugnación
Cuando el tribunal estima la impugnación, la desheredación se considera injusta y el legitimario recupera íntegramente su derecho a la legítima. La nulidad de la desheredación no afecta al resto del testamento, que se mantiene vigente en todo aquello que no perjudique el derecho legitimario. Este efecto parcial explica por qué muchos procedimientos sucesorios concluyen con una modificación significativa de la partición hereditaria inicialmente prevista. Artículo 451-21.2 del Código Civil de Cataluña.
Impugnación de la desheredación y derechos de los nietos
Cuando la desheredación de un hijo es justa, sus descendientes le representan en el derecho a la legítima por estirpes. Sin embargo, la jurisprudencia ha precisado que la causa de desheredación no puede extenderse automáticamente a los nietos, debiendo analizarse individualmente la concurrencia de la causa respecto de cada legitimario. Esta doctrina resulta especialmente relevante en los supuestos de ausencia de relación familiar. Artículos 451-3 y 451-4 del Código Civil de Cataluña; AP Barcelona, sentencia de 18 de febrero de 2020 (EDJ 513993).
Puede profundizar en este punto en nuestro análisis sobre los derechos de los nietos cuando se deshereda a un hijo
Criterios jurisprudenciales recientes en Cataluña
Los tribunales catalanes mantienen una línea constante de interpretación restrictiva de la desheredación, exigiendo una prueba sólida y coherente de la causa alegada. Se rechazan las desheredaciones basadas en meros sentimientos del testador y aquellas en las que exista una responsabilidad compartida en la ruptura de la relación familiar. Esta doctrina refuerza la seguridad jurídica, pero incrementa la exigencia técnica en la redacción del testamento. STS de 3 de junio de 2014 (EDJ 99484); STS de 30 de enero de 2015 (EDJ 16322); AP Murcia, sentencia de 27 de mayo de 2019 (EDJ 629633).
El asesoramiento de un abogado de herencias en Barcelona en procesos de impugnación
La impugnación de una desheredación requiere un profundo conocimiento del Derecho civil catalán, de la doctrina jurisprudencial y de la estrategia probatoria adecuada. Contar con un abogado de herencias en Barcelona especializado permite valorar la viabilidad de la acción, diseñar la prueba necesaria y defender eficazmente los intereses del legitimario o de los herederos, evitando errores procesales que pueden resultar irreversibles.
Preguntas frecuentes sobre cómo desheredar en Cataluña
¿Puede un hijo impugnar una desheredación en Cataluña?
Sí. El hijo desheredado está legitimado para impugnar judicialmente la desheredación cuando considera que la causa no existía, no se ha probado o no cumple los requisitos legales. La impugnación es una vía habitual en los conflictos sucesorios y no requiere autorización previa de ningún otro heredero.
El Tribunal Supremo ha declarado que la desheredación no queda blindada por la mera voluntad del testador, sino que está sujeta a control judicial pleno, STS 19-2-2019.
¿Cuál es el plazo para impugnar una desheredación?
La acción de impugnación de la desheredación caduca a los cuatro años desde la muerte del causante. Se trata de un plazo de caducidad, no de prescripción, por lo que no puede interrumpirse ni ampliarse.
Así lo establece expresamente el Código Civil de Cataluña y lo aplica de forma constante la jurisprudencia del Tribunal Supremo, STS 19-2-2019.
¿Quién tiene la carga de la prueba en la impugnación?
Cuando el hijo desheredado niega la existencia de la causa, corresponde a los herederos probar que dicha causa existía realmente y concurría en el momento del otorgamiento del testamento. Esta regla es clave y explica por qué muchas desheredaciones fracasan en los tribunales.
El Tribunal Supremo ha insistido en que la carga probatoria recae sobre quien pretende mantener la eficacia de la desheredación, STS 19-2-2019.
¿Qué ocurre si el juez estima la impugnación?
Si el juez declara la desheredación injusta, el hijo recupera íntegramente su derecho a la legítima. El resto del testamento se mantiene válido en todo aquello que no perjudique ese derecho, lo que suele obligar a rehacer la partición hereditaria.
Esta consecuencia está prevista en el Código Civil de Cataluña y confirmada por la jurisprudencia, STS 24-5-2022.
Firmado
Jordi Català Soriano
Abogado - Socio
ICAB n° 22.600

