19 Abr
Responsabilidad civil derivada de delito | Abogados penalistas
Responsabilidad civil derivada de delito | Abogados penalistas
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    En Català Reinón , despacho con abogados penalistas situado en el centro de Barcelona, gozamos de profesionales especializados en materia de responsabilidad civil derivada de delito. Ésta es la institución mediante la cual se obliga a la persona que comete  un delito a reparar económicamente los daños y perjuicios causados, o resultantes de la infracción cometida. Así, se pretende compensar a la víctima, a sus familiares y a terceros por los daños causados. Es, por lo tanto, un interés privado de la víctima, familiares y terceros afectados al que, incluso, pueden renunciar cuando no se atente contra el orden público ni se perjudique a terceros.

    Abogados penalistas en Barcelona

    Puede contactar con nosotros para que le aconsejemos y gestionemos su situación, de forma que se descargue de las preocupaciones adicionales que conlleva la reclamación de daños y perjuicios derivados de delito.

    La reparación puede efectuarse mediante obligaciones de dar, hacer o no hacer algo, y será el juez quien determine su naturaleza, atendiendo a las condiciones personales y económicas del autor del delito y a la clase de delito cometido. Es importante tener en cuenta que, para la cuantificación de la indemnización se tendrá en cuenta si la víctima ha contribuido de algún modo a la producción del daño o perjuicio sufrido, de modo que la cuantía de la indemnización podría disminuir, dado el caso.

    La exigencia de la responsabilidad civil derivada de delito podrá hacerse por la vía penal, donde en sentencia se decidirá tanto la responsabilidad penal como la civil, o por la vía civil, en cuyo caso deberán reservarse las acciones civiles para el posterior procedimiento civil, una vez recaiga sentencia en vía penal.

    ¿Quiénes tienen la responsabilidad civil?

    Abogados penalistas Barcelona

    Abogado penal en Barcelona. Responsabilidad civil derivada de delito

    Las personas con responsabilidad civil son, en primer lugar, los autores del delito o falta y sus cómplices. Cumulativamente, y si el riesgo estuviere asegurado, la aseguradora. En los delitos cometidos por menores no emancipados o mayores sujetos a patria potestad o tutela, responderán los padres o tutores siempre que hubiera culpa o negligencia. Por último, en aquellos casos en los que el delito es cometido por los empleados, dependientes, representantes o gestores de personas naturales o jurídicas que se dediquen a la industria o comercio, en el desempeño de sus funciones o en la prestación de sus servicios, responderá la persona natural o jurídica en cuestión.

    ¿Cuándo puede reclamar?

    El plazo para reclamar la responsabilidad civil derivada de delito prescribe en el plazo de 1 año.
    Si usted necesita asesoramiento por un abogado penalista en Barcelona, póngase en contacto con Català Reinón y podrá encontrar el mejor abogado para su caso.

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