8 Feb
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Requisitos para declararse insolvente
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    Para declararse insolvente lo primero es tener consciencia plena de lo que significa. De acuerdo al artículo 2 de la Ley 22/2003 se considera como insolvente a una persona que no posee los recursos o medios líquidos para cancelar sus obligaciones de pago o deudas. Dicho esto, en el presente post de Catalá Reinón mostraremos cuáles son los requisitos para declararse insolvente.

    Declaración de insolvencia

    Tanto los autónomos como las personas físicas y empresas pueden declararse insolventes y ampararse a la Ley 22/2003 o Ley Concursal, la cual aprueba que se pida un concurso de acreedores, donde se establece una negociación para fijar nuevos planes de pago.

    Se trata de una modalidad que permite evitar seguir acumulando deudas y problemas de mayor complejidad, siempre y cuando se cumplan los requisitos para declararse insolvente.

    Tipos de Insolvencia

    La insolvencia puede ser actual o inminente. Cabe destacar que en ambos casos la persona se puede acoger a la Ley de Segunda Oportunidad con la finalidad de cambiar las condiciones de las deudas y reestructurar los pagos.

    1. La insolvencia actual

    Se refiere a casos en que se determina que no se puede seguir asumiendo los compromisos de pago de manera regular y que se han acumulado impagos.

    2. La insolvencia inminente

    Corresponde a determinar y calcular que no se podrá cumplir con las obligaciones de pago a corto o mediano plazo.

    Requisitos para declararse insolvente

    Antes de nada, es importante destacar que, para estos casos, resulta conveniente buscar la asesoría de un abogado especialista en la materia.

    Dicho esto, la Ley de Quiebra (Ley 1116 de 2006) exige los siguientes requisitos para declararse insolvente:

    1. Se debe demostrar que la persona se encuentra en calidad de insolvente, y que no puede asumir el pago por las deudas contraídas previamente, superando la capacidad de endeudamiento, debido a que los pasivos superan a los activos. Para ello se debe aportar toda la documentación que soporte el patrimonio, ingresos, gastos y deudas.
    2. La persona física o el autónomo debe haber faltado en dos de sus compromisos de pago, durante más de tres meses, con relación a dos o más acreedores.
    3. El total de lo adeudado debe representar al menos el 10% del pasivo de la persona.
    4. Las deudas deben corresponder a compromisos adquiridos durante el desarrollo de su actividad.

    Ley de Segunda Oportunidad

    La legislación española consiente la posibilidad de declararse insolvente ante determinadas circunstancias en las que una persona no esté en condiciones de asumir sus deudas.

    La Ley de Segunda Oportunidad permite suprimir por ley las obligaciones de pago que no se puedan asumir, ofreciendo una verdadera solución tanto para el deudor como para el acreedor.

    Acogiéndose a esta modalidad, el deudor se beneficia, ya que no será incluido en los ficheros morosos, se evitará demandas o embargos de bienes y pagará las porciones de la deuda que pueda afrontar.

    Cabe destacar que, esta Ley considera el historial financiero de la persona insolvente, de manera de ofrecer soluciones a aquellas personas que regularmente cumplen con sus compromisos de pago, pero que debido a circunstancias puntuales no pueden asumirlos.

    Asimismo, es importante agregar, que esta Ley puede representar la exoneración de hasta el 100% del monto adeudado, inclusive hasta un 50% en cuanto a deudas relacionadas con Hacienda o la Seguridad Social.

    De igual manera, la Ley de Segunda Oportunidad establece una serie de requisitos para declararse insolvente, que deben ser cumplidos para poder gozar de sus beneficios.

    Conoce los requisitos para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad

    Dentro de los requisitos para declararse insolvente y aprovechar las ventajas que ofrece esta Ley, tenemos:

    1. Ser particular (persona física) o profesional autónomo.
    2. El monto de la deuda no debe superar los 5 millones de euros.
    3. No haber sido declarado culpable en concurso, por haber actuado de mala fe, por culpa grave o mediante dolo. O nunca haber estado involucrado en un procedimiento concursal como deudor.
    4. Ser una persona transparente y actuar de buena fe, sin ocultar la realidad en cuanto a bienes y dinero que se posean, así como demostrar la mejor disposición para asumir en la medida de lo posible el pago de la deuda.
    5. No haber sido condenado por delitos económicos o sociales, es decir el solicitante no debe poseer antecedentes penales por delitos socioeconómicos como robo, estafa, hurto, apropiación indebida, fraudes a la Seguridad Social, entre otros.
    6. Haber pagado los créditos preferentes, frente a Seguridad Social, empleados, Hacienda, hipotecas, etc.
    7. No haberse acogido a exoneración de pagos en los últimos diez años.
    8. En la medida de lo posible, alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.

     

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    Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad para conocer los requisitos para declararse insolvente. Si deseas contar con apoyo legal para cualquier aspecto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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