3 Feb
Familia
¿PUEDO REGULARIZAR A MIS HIJOS Y A MI PAREJA JUNTO CON MI SOLICITUD?
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    Una de las dudas más frecuentes entre las personas extranjeras que inician un proceso de regularización en España es si pueden regularizar a sus familiares. El contexto de la nueva regularización extraordinaria prevista para 2026 es especialmente relevante en este sentido, ya que una correcta planificación familiar es esencial para asegurar el éxito del expediente.

    Advertencia jurídica previa: estamos ante un proyecto, no una norma en vigor

    Antes de analizar el alcance familiar de la regularización extraordinaria prevista para 2026, es imprescindible una aclaración jurídica esencial. A día de hoy, la regularización extraordinaria no está aprobada ni publicada en el BOE. Nos encontramos ante un Proyecto de Real Decreto, cuyo contenido ha sido difundido por el Gobierno, pero que todavía puede sufrir modificaciones. Por ello, cualquier análisis debe hacerse desde la prudencia, explicando qué dice el Proyecto, cuál es la intención normativa y cuáles son los límites jurídicos reales hasta que la norma sea definitivamente aprobada y desarrollada mediante instrucciones administrativas.

    Por qué la regularización extraordinaria pone el foco en la familia

    El propio Proyecto justifica esta regularización extraordinaria afirmando que se adopta “con el objetivo de garantizar derechos y dar seguridad jurídica a una realidad existente”. No se trata de atraer nuevas migraciones, sino de reconocer y dignificar a quienes ya viven entre nosotros. En este contexto, el Proyecto introduce un cambio relevante respecto a procesos anteriores: la regularización no se concibe solo como una medida individual, sino como un instrumento para estabilizar unidades familiares completas que ya están integradas social, escolar y laboralmente en España. La lógica jurídica es clara: no puede hablarse de integración real si la protección administrativa se concede solo a uno de los miembros de la familia, dejando al resto en situación de vulnerabilidad.

    Para asegurar la validez de este proceso, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado de extranjería en Sabadell especializado.

    Qué dice literalmente el proyecto sobre la unidad familiar

    El Proyecto de Real Decreto utiliza expresiones claras cuando se refiere a la finalidad de la regularización extraordinaria. Afirma que la medida “reconoce y dignifica a quienes ya viven entre nosotros” y que debe garantizar “seguridad jurídica” a situaciones consolidadas. En este marco, el texto prevé mecanismos de regularización que permiten articular solicitudes vinculadas dentro de la misma unidad familiar, especialmente cuando existen hijos menores de edad. El Proyecto no habla de regularización automática universal, pero sí de un diseño normativo orientado a evitar rupturas administrativas dentro de las familias.

    Regularización de hijos menores de edad

    Uno de los aspectos más relevantes del Proyecto es el tratamiento específico de los hijos menores de edad. El texto permite que, cuando el solicitante principal tenga hijos menores que se encuentren en España y en la misma situación administrativa, la regularización pueda tramitarse de forma conjunta o vinculada, con el objetivo de que toda la familia obtenga una autorización de residencia sin dejar a los menores en situación irregular. Este enfoque supone una diferencia sustancial respecto al régimen ordinario de extranjería, donde los menores suelen quedar supeditados a procedimientos posteriores de reagrupación o a situaciones administrativas precarias. Desde el punto de vista jurídico, esta previsión se alinea con el principio del interés superior del menor, reconocido tanto en el ordenamiento interno como en el Derecho internacional.

    El requisito de la permanencia para los menores

    El Proyecto establece como requisito general acreditar una permanencia continuada mínima de cinco meses en España en el momento de la solicitud y haber residido en el país antes del 31 de diciembre de 2025. En el caso de los menores, el propio diseño del Proyecto permite una interpretación flexible de este requisito, atendiendo a la realidad familiar y a los medios de prueba disponibles. Escolarización, atención sanitaria, empadronamiento familiar o informes de servicios sociales son elementos que, conforme a la práctica administrativa y la jurisprudencia, permiten acreditar la presencia efectiva del menor en territorio español. La finalidad no es excluir a los menores, sino garantizar su protección administrativa junto a sus progenitores.

    Pareja y otros familiares: qué permite realmente el proyecto

    Respecto de la pareja del solicitante principal, el Proyecto no establece una regularización automática. Sin embargo, sí permite articular vías coordinadas a través del sistema de extranjería una vez concedida la autorización principal. El enfoque del Proyecto es claro: evitar situaciones en las que una persona obtiene residencia y trabajo mientras su pareja queda en situación irregular, especialmente cuando existe convivencia estable y vida familiar consolidada. En la práctica, esto se traduce en la posibilidad de solicitudes vinculadas o posteriores, utilizando las figuras previstas en el Reglamento de Extranjería, pero con una clara orientación a la protección del núcleo familiar.

    Autorización de residencia y trabajo y efectos para la familia

    El Proyecto establece que la autorización de residencia que se conceda habilitará automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector. La vigencia inicial prevista es de un año. Durante ese periodo, la familia obtiene una estabilidad administrativa que permite el acceso normalizado a derechos básicos como la educación, la sanidad y la inclusión social, y facilita la posterior transición a las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería.

    Normativa aplicable

    Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, Reglamento de Extranjería. Proyecto de Real Decreto de regularización extraordinaria 2026. Convención sobre los Derechos del Niño. Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

    Jurisprudencia relevante en materia de unidad familiar

    El Tribunal Supremo ha reiterado que el derecho a la vida familiar debe ser tenido en cuenta en la aplicación de la normativa de extranjería, especialmente cuando existen menores de edad, y que las decisiones administrativas deben ponderar el interés superior del menor. Los Tribunales Superiores de Justicia han señalado de forma constante que la situación administrativa de los progenitores no puede analizarse de manera aislada cuando afecta directamente a la estabilidad y protección de los hijos menores, debiendo valorarse la unidad familiar como un todo. Asimismo, la jurisprudencia contencioso-administrativa ha reconocido que las medidas de extranjería deben aplicarse de forma proporcional, evitando consecuencias desintegradoras para la familia cuando existen alternativas legales.

    Preguntas frecuentes jurídicas (FAQ)

    ¿Puedo regularizar a mis hijos al mismo tiempo que presento mi solicitud?
    Según el Proyecto de regularización extraordinaria de 2026, sí se prevé la posibilidad de tramitar de forma conjunta o vinculada la regularización del solicitante principal y la de sus hijos menores que se encuentren en España, con el objetivo de proteger a toda la unidad familiar. No obstante, esta previsión deberá confirmarse cuando la norma sea aprobada definitivamente.

    ¿Tengo que esperar a obtener mi residencia para pedir la de mis hijos?
    No necesariamente. El Proyecto apunta a mecanismos de tramitación simultánea o coordinada que eviten que los menores queden en situación irregular durante la tramitación del expediente del progenitor.

    ¿Mis hijos también tienen que cumplir el requisito de los cinco meses?
    El requisito de permanencia existe, pero en el caso de los menores se aplica con un criterio flexible, atendiendo a la realidad familiar y a medios de prueba adaptados a su edad, como escolarización o atención sanitaria.

    ¿La regularización de mi pareja es automática?
    No. El Proyecto no establece una regularización automática de la pareja, pero sí permite articular soluciones coordinadas a través del sistema de extranjería para evitar rupturas familiares injustificadas.

    ¿Esto es seguro si el Proyecto aún no está aprobado?
    No puede hablarse de seguridad jurídica plena hasta que la norma sea aprobada y publicada. Por ello, es esencial esperar al texto definitivo y analizar cada caso de forma individual antes de presentar solicitudes.

    ¿Puede cambiar el contenido final?
    Sí. Al tratarse de un Proyecto, el texto puede sufrir modificaciones. Por eso es fundamental asesorarse con antelación y no presentar solicitudes basadas únicamente en borradores.

    Firmado
    Jordi Català Soriano
    Abogado - Socio
    ICAB n° 22.600

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