8 Oct
Inspección de riesgos en obra
Prevención de riesgos laborales: qué debe probarse para exigir medidas y responsabilidades a la empresa

La existencia de un riesgo no implica automáticamente responsabilidad empresarial, pero la empresa debe evaluarlo y adoptar medidas adecuadas. El Tribunal Supremo ha reiterado que los litigios preventivos exigen identificar con precisión el riesgo, la obligación incumplida y la prueba que demuestra que las medidas existentes son insuficientes. 

1. El deber general de protección 

El artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz y obliga al empresario a garantizar seguridad y salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Este deber se concreta en evaluación de riesgos, planificación preventiva, información, formación, equipos, vigilancia de la salud y coordinación cuando intervienen varias empresas. 

2. La evaluación de riesgos debe ser real y específica 

Una evaluación genérica que no identifica los riesgos propios del puesto puede ser insuficiente. Deben valorarse tareas, equipos, entorno, organización y colectivos especialmente sensibles. Cuando cambian las condiciones o aparecen daños, puede ser necesario revisar la evaluación. La prevención es dinámica y debe adaptarse a la realidad de la actividad. 

3. La STS 3672/2025 y la importancia de la prueba 

La STS de 4 de julio de 2025, rec. 213/2024, ECLI:ES:TS:2025:3672, resolvió un conflicto colectivo sobre recursos preventivos en servicios de bomberos aeroportuarios. El Tribunal Supremo confirmó la desestimación porque la empresa había acreditado evaluaciones y designaciones preventivas y la parte demandante no probó insuficiencia o incumplimiento. La sentencia recuerda que una pretensión preventiva debe apoyarse en hechos y prueba concreta. 

4. Recurso preventivo no es necesario en cualquier tarea 

La presencia de recurso preventivo se exige en supuestos establecidos legalmente, especialmente cuando concurren riesgos especiales o actividades en las que la vigilancia adicional resulta necesaria. No puede reclamarse de manera abstracta para toda actividad sin conectar la exigencia con la evaluación y la normativa aplicable. Debe identificarse qué tarea, qué riesgo y qué insuficiencia concreta justifican la medida. 

5. Accidente de trabajo y falta de medidas no son sinónimos 

Que ocurra un accidente no demuestra automáticamente un incumplimiento preventivo. Para exigir responsabilidad debe reconstruirse la mecánica, el riesgo previsible, la medida omitida y el nexo causal. Puede existir accidente laboral aun cuando la empresa haya adoptado medidas razonables, y también puede existir incumplimiento preventivo sin que llegue a producirse lesión. Cada plano tiene su prueba. 

6. El recargo de prestaciones exige infracción causal 

El recargo de prestaciones de Seguridad Social se impone cuando el accidente o enfermedad profesional se produce por falta de medidas de seguridad en los términos legales. Debe identificarse la obligación preventiva concreta y explicar cómo la omisión contribuyó al resultado. No basta invocar el deber general de protección. Evaluaciones, actas de Inspección, investigación del accidente y testimonios pueden ser determinantes. 

7. Las empresas concurrentes también pueden tener obligaciones 

En centros donde actúan principal, contratistas y subcontratistas, el Real Decreto 171/2004 regula la coordinación de actividades empresariales. Cada sujeto puede asumir deberes específicos. Tras un accidente es importante identificar quién controlaba el centro, quién organizaba la tarea, quién aportaba equipos y quién debía informar de riesgos. La responsabilidad no debe atribuirse automáticamente a todas las empresas, pero tampoco limitarse sin análisis a la empleadora formal. 

8. Qué documentos deben revisarse 

Evaluación de riesgos, planificación, formación, entrega de EPIs, procedimientos de trabajo, partes de accidente, investigación interna, comunicaciones, mantenimiento de equipos y actuación de Inspección son fuentes esenciales. También importan fotografías, vídeos, testigos y registros. La documentación preventiva debe compararse con la realidad: un protocolo impecable sobre el papel puede no haberse aplicado. 

9. Cómo plantear una reclamación preventiva en Sabadell 

El primer paso es definir qué se quiere conseguir: una medida preventiva, reconocimiento de contingencia, recargo, indemnización o varias acciones separadas. Cada una tiene finalidad, procedimiento y demandados distintos. La STS 3672/2025 subraya que las afirmaciones generales no bastan. Una reclamación sólida describe el riesgo, la medida exigible, el incumplimiento y la prueba de forma concreta. 

whatsapp