9 Jun
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LA LEY DEL “SOLO SÍ ES SI”

Ya es un hecho, se ha aprobado en el Congreso de los Diputados, la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, también conocida como “SOLO SÍ ES SI”, que tiene como objeto principal cambiar la cultura sexual de nuestro país, creando una cultura del consentimiento, según ha manifestado la Ministra de Igualdad. Desde Català Reinón Abogados queremos explicarte en qu´´e consiste esta nueva norma y en qué afectará a nuestro ordenamiento jurídico cuando sea aprobada definitivamente.

 

El pilar fundamental es garantizar el derecho a la libertad sexual de las mujeres, así como a la reparación de las victimas de violencia y explotación sexual y violencia machista, estableciendo como novedad principal la consideración de qué se entiende por consentimiento “en positivo”, que debe  entenderse que solo existirá tal “cuando haya sido manifestado libremente, mediante actos, en atención a las circunstancias del caso, que expresen de manera clara la voluntad de la persona”, tal y como establece el propio escrito. Ello supone que, una relación sexual no consentida explícitamente, pudiendo acreditarse fehacientemente que ha sido manifestado tal consentimiento, podrá entenderse que ha sido consumada en contra de la voluntad de la mujer y por ende, condenar por un delito de agresión sexual. Del mismo modo, toda acción que atente contra la libertad sexual de la otra persona, se considerará agresión sexual.

Por todo ello, sí esta ley es aprobada por el Senado y por lo tanto, culminando así el proceso legislativo, las victimas no tendrán que acreditar que se han resistido o que ha habido violencia sexual, por lo que cualquier acto sexual sin consentimiento será considerado agresión y por ende, se eliminará la tipificación delictiva referente a los abusos sexuales.

Esta nueva regulación, según el propio ministerio de Igualdad va en consonancia con el Convenio de Estambul, y lo que este recoge en su articulo 36.2.

 

Así mismo, la norma también prevé modos de protección de las mujeres, niños con independencia de su situación administrativa, etnia o nacionalidad, así como también protege a las mujeres victimas de trata y explotación sexual.

Por último, también pone el acento en la lucha contra el proxenetismo incorporando la tercería locativa, que refiere al lucro de quién proporciona un lugar donde la persona prostituida realiza su actividad sexual.

 

Esta norma, cuando haya pasado por todo el trámite legislativo, incorporará a nuestro Código Penal reformas sustanciales, tanto en los tipos delictivos como en las penas que recogen, si bien este cambio penológico será progresivo y proporcional a la gravedad de los hechos con una horquilla de penas más amplia.

 

Actualmente, se sigue aplicando lo recogido en nuestro código penal respecto de los abusos y agresiones sexuales. No dudes en contactar con nuestro despacho de abogados si necesitas ayuda.

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