17 Abr
Huelga – Derecho laboral
Huelga – Derecho laboral

¿Qué hacer ante un conflicto con sus empleados? ¿Qué derechos tiene un trabajador que esté en huelga? ¿Cómo solucionarlo? Nuestros equipo de especialistas laborales de Català Reinón Abogados Barcelona tienen una larga experiencia en este tipo de cuestiones, no dude en confiar en nosotros.

¿Qué es la huelga?

Es una paralización o alteración de la actividad laboral. Una actuación colectiva y concertada de los trabajadores, como medida de presión contra empresarios y/o poderes públicos. Todo ello se realiza para conseguir una mejora o mantenimiento de condiciones económicas, laborales, de empleo o sociales.

¿Y el derecho a huelga?

El derecho de huelga es un derecho que tienen los trabajadores en nuestro país, reconocido como derecho fundamental en el art.28.2 de la Constitución Española: “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

No encontramos ante un derecho de titularidad individual pero de ejercicio colectivo. Es decir, que un huelga será efectiva cuando haya consenso entre los trabajadores, si por el contrario, la huelga la ejerciera una sola persona, ésta no sería declara huelga efectiva, si no nula, y el trabajador habría incumplido su contrato de trabajo.

Cuando se habla de derecho individual significa que cada trabajador es libre de decidir si quiere participar o efectuar la huelga o no, sin que medie ninguna presión ni coacción alguna.

¿Qué son las huelgas legales?

Directrices para que una huelga se considere legal:

  • La huelga debe ser declarada por sindicatos o representantes de los trabajadores, y deberá haber sido proclamada después de una decisión mayoritaria.
  • La convocatoria de la huelga deberá ser notificada al empresario o empresarios afectados con un mínimo de cinco días de antelación, o diez días si se tratase de una empresa que se dedica a servicios públicos.
  • Se deberá formar un comité de huelga, compuesto por un máximo de doce trabajadores del centro o centros afectados, para que participe en acciones sindicales, administrativas o judiciales. Además este comité tendrá la función de garantizar que se cumplen los servicios mínimos de seguridad y mantenimiento.
  • Se podrá dar publicidad de la huelga de forma pacífica. En ningún caso debe haber violencia, coacciones o amenazas.

Supuestos de huelga ilegal

Huelga Derecho Laboral

La huelga | Abogados laboralistas Català Reinón

  • Cuando esta se inicie o sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.
  • Cuando sea de solidaridad o apoyo, salvo que afecte directamente al interés profesional de quienes la promuevan o sostengan.
  • Cuando dicha huelga tenga por objeto alterar, dentro de su período de vigencia, lo pactado en un Convenio Colectivo o lo establecido por Laudo.
  • Cuando se produzca contraviniendo lo dispuesto en el presente Real Decreto-ley, o lo expresamente pactado en Convenio Colectivo para la solución de conflictos.

¿Cuándo se da por finalizada la huelga?

Se dará por concluida cuando los trabajadores la desestimen porque ambas partes han llegado a un acuerdo o pacto, y todas las medidas que se hayan negociado se recogerán en el llamado convenio colectivo, el cual deberá ser cumplido por ambas partes.

Durante los días en los que dure la huelga el contrato se suspende, es decir, los trabajadores que participen en la huelga, dejan de percibir el salario que corresponde a los días que ésta dure.

Evidentemente, dado que se trata del ejercicio de un derecho constitucionalmente reconocido, no cabe ninguna sanción por parte del empresario. Pero si por el contrario, la huelga es declarada ilegal, el empresario estará en su derecho de poder imponer sanciones disciplinarias.

Durante el transcurso de la huelga, los trabajadores del Comité y el empresario suelen tener encuentros, se reúnen para negociar una serie de condiciones o mejoras sobre el salario, los horarios… etc.

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Si necesita aclaración o consejo sobre todo lo anteriormente expuesto, no dude en contactar con nuestros abogados expertos en conflictos y otros asuntos laborales.

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