19 Abr
Derecho penal | Diferencias entre hurto y robo
Derecho penal | Diferencias entre hurto y robo

En relación al derecho penal, cualquier persona puede pensar que hurto y robo son palabras sinónimas, es decir, que significan lo mismo. La cuestión es que estos dos vocablos pueden basarse sobre lo mismo: la acción de sustraer algo que pertenece a otra persona. Pero, aun basándose la acción en lo mismo, los abogados pueden llegar a diferenciarlos por la manera de cómo llega esa persona a sustraer el objeto.

¿Cuándo hablaremos de robo?

Tendremos un robo cuando, según la doctrina del Tribunal Supremo, haya violencia o intimidación, ya sea en el momento de apoderarse de la cosa sustraída o en el momento posterior por tal de hacer efectiva la cosa sustraída.

¿Cuándo tendremos un hurto?

Por el contrario, dentro del derecho penal si no hay violencia o intimidación durante la consecución del hurto, pero existe para escapar del lugar, la calificación del acto será de hurto, y no de robo. El hurto, además, se dará cuando no exista ningún tipo de violencia en la sustracción del objeto.

Regulación penal del robo y el hurto.

El hurto, en su vertiente más general, está tipificado dentro del artículo 234 del Código Penal con una pena de prisión de 6 a 18 meses si la cuantía de aquello que fuera sustraído excediese de 400€. En cambio, si no excede de 400€, se impondrá multa de 1 a 3 meses.

Abogados Penalistas Barcelona

Abogados penalistas en Barcelona. Robo y hurto

Esto último se exceptúa con pena de prisión de 1 a 3 años en los casos valorados en el art. 235 del Código Penal, a saber: cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico; cosas de primera necesidad que causen desabastecimiento; conducciones, cableados, equipos o componentes de infraestructuras de suministro o prestación de servicios de interés general; productos agrarios, ganaderos o sus medios para obtenerlos; cuando lo sustraído produzca perjuicios de especial consideración; cuando de lo sustraído la víctima o su familia queden en grave situación económica; cuando el condenado ya hubiera sido condenado por al menos 3 delitos comprendidos en el mismo Título que el del hurto; cuando se use a menores de 16 años para su comisión; y, cuando los culpables sean miembros de una organización o grupo criminal.

En cuanto al robo, el art. 240 del Código Penal expone que los culpables serán castigados con pena de prisión de 1 a 3 años. Además, cuando se den las mismas consecuencias del artículo 235 del Código Penal, la pena de prisión se agravará de 2 a 5 años.

Abogados especializados en derecho penal en Barcelona

Para más información, no dude en acudir a nuestro despacho, ya que contamos con los mejores abogados penalistas de Barcelona y donde llevamos más de 20 años de trayectoria profesional tratando con temas penales de ésta índole.

whatsapp