12 Dic
Delito de matrimonios ilegales / Derecho penal
Delito de matrimonios ilegales / Derecho penal

El derecho penal castiga los delitos de matrimonios ilegales a los artículos 217 hasta 219.El código penal prevé tres supuestos calificable de matrimonio ilegal.

Pena para el delito de matrimonios ilegales: de seis meses a un año de prisión.

El bien jurídico protegido frente a este tipo de delito es la unión legal, consciente y voluntaria por parte de dos personas.

Sujeto activo: la parte del matrimonio que lo contrae por segunda vez sin haber cancelado el anterior (artículo 217 CP), el que contrae matrimonio con conocimiento de que es inválido (artículo 218 CP), el que autoriza el matrimonio con conocimiento de que no concurren los requisitos esenciales (artículo 219 CP).

Sujeto pasivo: la parte del matrimonio que se casa por primera vez (artículo 217 del CP), la persona que sufre el matrimonio inválido (artículo 218 CP). Persona que contrae matrimonio concurriendo en ellos una causa que les impide contraer matrimonio, siempre que ellos no sean conscientes de su existencia (artículo 219 CP).

Acción: El primer supuesto de matrimonio ilegal consiste en la celebración del nuevo matrimonio, subsistiendo el anterior mientras que en los dos otros supuestos, el delito de matrimonio ilegal reside en la concurrencia de una de las causas de invalidación al momento de celebrarlo (artículo 218) o de autorizarlo (artículo 219).

Fuente de la imagen: www.pixabay.com quimono bajo la licencia Pixabay, imagen editada parcialmente, ver imagen original.

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