¿Cómo se Regula el Delito de Asesinato? Los Abogados del Departamento de Derecho Penal de Català-Reinón nos Explican las Particularidades de esta Ofensa.
Nuestros abogados penalistas de Madrid te explican en qué consiste el delito de Asesinato, un delito contra la vida humana descrito en el Código Penal.
Para cometer un delito de asesinato se requiere matar a una persona, siempre que, para su comisión, se den unas circunstancias específicas, que son la alevosía, el ensañamiento, el precio, la recompensa o la promesa.
El delito de asesinato se trata de un tipo de homicidio de especial gravedad, pero son delitos diferentes a causa de la mayor intensidad criminar que requiere el asesinato.
En Catala Reinón Abogados, nuestros abogados penalistas de Madrid cuentan con una amplia experiencia en la defensa de casos de asesinato y pueden asesorarte en cualquier situación legal relacionada con este delito. Contáctanos para recibir una atención personalizada y de calidad.
Nuestro Departamento de Derecho Penal en Madrid nos Explica el Bien Jurídico Protegido en el Delito de Asesinato.
El delito de asesinato tiene como finalidad proteger el derecho fundamental a la vida, que está protegido por el artículo 15 de la Constitución Española. En el caso del asesinato, el dolo radica en el conocimiento del peligro concreto que puede suponer la conducta que lleva a cabo el infractor contra el bien jurídico protegido.
Diferencias y semejanzas Entre los Delitos de Homicidio y Asesinato Según nos Detallan Nuestros Abogados Penalistas en Madrid.
No obstante, y aunque existe debate al respecto, la mayoría de la doctrina opina que el asesinato es un delito autónomo con mayor intensidad criminal y no un mero tipo agravado del homicidio.
Asimismo, como se ha comentado, el asesinato se realiza mediando alevosía, ensañamiento, precio, recompensa o promesa. El homicidio carece de estos elementos, ya que, cuando interviene uno de ellos, se trata de un asesinato.

Las Circunstancias Específicas del Asesinato Según los Abogados del Departamento Penal de Català-Reinón en Madrid.
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ALEVOSÍA: La alevosía está recogida como una circunstancia agravante de la responsabilidad penal en el artículo 22.1ª. Se trata de una circunstancia o medio que utiliza el autor del asesinato para asegurarse de que no corre ningún riesgo que pudiera proceder de la defensa de la víctima.
En otras palabras: a través de la alevosía se pretende asegurar la indefensión de la víctima ante el ataque. La forma más típica de actuar mediante alevosía es una agresión por sorpresa o a traición.
La jurisprudencia entiende que la alevosía contiene un elemento subjetivo que proporciona a la acción una mayor antijuridicidad motivada por el aprovechamiento de la indefensión en la que se encuentra la víctima.
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ENSAÑAMIENTO: Según la jurisprudencia, el ensañamiento consiste en aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima. Se considera una forma de tortura previa a la muerte, provocando sufrimientos físicos y mentales.
Los actos realizados sobre el cadáver con posterioridad a la muerte quedan excluidos, aunque podrían constituir un delito diferente, como un delito de profanación de cadáveres del artículo 526.
Además, el Tribunal Supremo indica que no debe confundirse el ensañamiento con el "ánimo decidido de matar".
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PRECIO, RECOMPENSA O PROMESA: Esta circunstancia tiene un carácter puramente económico. Aquí el autor del asesinato comete el delito movido solo por una intencionalidad económica.
Los Abogados Penalistas de Català-Reinón Detallan la Preinscripción del Delito de Homicidio y la Pena Asociada.
El delito de asesinato prescribe a los 15 años, computándose el plazo desde el día de su consumación según el artículo 131 del Código Penal.
Es importante tener en cuenta que para el cómputo del plazo prescriptivo de las infracciones penales se debe considerar la remisión que establece el artículo 185 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al artículo 5 del Código Civil, el cual establece que los plazos que estén fijados por meses o años se cumplirán de fecha a fecha, sin excluir los días inhábiles.

EN CUANTO A LA PENA, la prisión por más de diez años y menos de quince impuesta por un delito de asesinato en sentencia firme prescribe a los 20 años. Las penas accesorias prescriben junto con las penas principales, y no es posible su cumplimiento separado.
Si se enfrenta a una situación relacionada con un asesinato, es fundamental contar con el apoyo de abogados penal en Madrid especializados en este tipo de casos, quienes pueden asesorar y defender sus derechos de manera efectiva.