La entrada y registro domiciliario en Barcelona requiere, como regla general, autorización judicial, consentimiento válido o una situación de flagrante delito. Conoce qué establece el artículo 18.2 de la Constitución Española, los requisitos legales del registro, los límites de la actuación policial y cómo impugnar pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales.